Compraventa
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Contrato
privado de compraventa de finca urbana con precio
alzado pagado al contado adquiriendo para la
sociedad de gananciales
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Formularios
jurídicos
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En *, a *
REUNIDOS:
Como parte vendedora:
Los cónyuges casados en régimen
de gananciales DON * y DOÑA *, mayores de edad, con
domicilio a efecto de notificaciones en la calle *
, número * , de la localidad de * , y con D.N.I. números
*
Como parte compradora:
DON *, mayor de edad, casado
en régimen de gananciales con Doña *, con domicilio
a efecto de notificaciones en la calle * , número
* , de la localidad de * , y con D.N.I. número *
Ambas partes
contratantes se reconocen recíprocamente capacidad
legal para formalizar este contrato privado de compraventa,
haciendo constar que intervienen en el mismo en su
propio nombre y derecho.
ANTECEDENTES
I.- FINCA
OBJETO DE ESTE CONTRATO
Los cónyuges * declaran
que son dueños en pleno dominio y como bien ganancial
de la siguiente finca:
*(1)
REFERENCIA CATASTRAL: *
INSCRIPCIÓN: La finca descrita consta inscrita en
el Registro de la Propiedad de * al tomo *, libro
*, folio *, finca registral número *
TITULO: La finca descrita
les pertenece por * (2), según resulta de la escritura
de * otorgada ante el Notario de *, Don * , el día
*
II.- ESTADO DE CARGAS
La parte vendedora
declara que la finca objeto de este contrato está
libre de cargas y gravámenes de cualquier tipo y se
remite a lo que resulte del contenido de los Libros
del Registro de la Propiedad. (3)
III.- SITUACIÓN ARRENDATICIA
Se halla libre de arrendatarios y ocupantes, según
manifestación de la parte vendedora, que acepta la
parte compradora. (4)
IV.- De conformidad con los antecedentes expuestos,
las personas que suscriben este documento tienen convenido
un CONTRATO DE COMPRAVENTA sobre la finca descrita
anteriormente con arreglo a las estipulaciones que
se expresan a continuación:
ESTIPULACIONES
PRIMERA.- COMPRAVENTA
Los cónyuges_______________ venden el pleno dominio
de la finca descrita en el antecedente primero (I)
de este contrato a DON______________, que la compra
para su sociedad de gananciales.
SEGUNDA.- PRECIO DE VENTA
El precio alzado (5) de esta compraventa es el de
________________________ EUROS, que la parte vendedora
declara recibido en su totalidad de la parte compradora
en el momento de la firma de este contrato, sin perjuicio
de lo establecido en el artículo 1.170 del Código
Civil, mediante la entrega de un cheque nominativo
a su nombre, correspondiente al número_______________,
expedido con cargo a la cuenta número _____________
del Banco ___________________.
TERCERA.- OTORGAMIENTO
DE LA ESCRITURA DE VENTA Y TRANSMISION DE LA FINCA
Las partes contratantes se
obligan a elevar a escritura pública este contrato
privado de compraventa mediante su comparecencia ante
el Notario de___________________, Don___________________,
el día ________________.
El otorgamiento de la escritura pública de compraventa
implicará la entrega de la finca vendida y la transmisión
de la propiedad de la misma a la parte compradora,
salvo que de la propia escritura resulte claramente
otra cosa. (6)
CUARTA.- GASTOS
Serán de cuenta de la
parte vendedora el Impuesto sobre el Incremento de
valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana y cualesquiera
gastos que deriven de actos previos al otorgamiento
de la escritura de compraventa y que sean necesarios
para el otorgamiento de la misma y su inscripción
en el Registro de la Propiedad. En consecuencia, serán
de cuenta de la parte vendedora todos los gastos notariales,
registrales, fiscales o de otro tipo que deriven de
la cancelación de embargos, hipotecas, condiciones
resolutorias expresas, precios aplazados o cualesquiera
otras cargas que recaigan sobre la finca vendida en
la fecha de otorgamiento de la escritura de compraventa,
así como los derivados del otorgamiento de escrituras
públicas, inscripciones registrales y pagos de impuestos
necesarios para inscribir en el Registro de la Propiedad
a nombre de la parte vendedora la finca objeto de
este contrato de compraventa.
Serán de cuenta de la parte compradora los impuestos
de cualquier tipo que graven la adquisición de la
finca comprada en virtud de este contrato, los honorarios
notariales por el otorgamiento de la escritura pública
de compraventa y los honorarios registrales por la
inscripción en el Registro de la Propiedad a nombre
del comprador de la compra efectuada.
QUINTA.- CARGAS NO APARENTES
(7)
La parte vendedora declara que
se encuentra al corriente en el pago de los impuestos
que gravan la titularidad de la finca vendida en virtud
de este contrato.
La parte vendedora declara igualmente, a los efectos
prevenidos en el artículo 9 de la Ley de Propiedad
Horizontal, hallarse al corriente en el pago de los
gastos generales de la comunidad de propietarios de
que forma parte la finca vendida.
Esto no obstante, si la parte vendedora adeudase en
la fecha de este contrato cualquier cantidad derivada
de la liquidación de Impuestos que graven la propiedad
de la finca vendida, o bien adeudase a la comunidad
de propietarios en la fecha de la firma de este contrato
cualquier cantidad derivada de los gastos generales
de la comunidad, dicha parte vendedora asume expresamente
la obligación de pago de tales cantidades pendientes
de abono.
La obligación de pago asumida por la parte vendedora
se entiende sin perjuicio de que la finca vendida
quede legalmente afecta al pago del Impuesto sobre
Bienes Inmuebles correspondiente a los ejercicios
vencidos y no satisfechos, así como también al pago
de las cantidades adeudadas a la comunidad de propietarios
para el sostenimiento de los gastos generales por
los anteriores titulares hasta el límite de los que
resulten imputables a la parte vencida de la anualidad
en la cual tenga lugar la adquisición y al año natural
inmediatamente anterior.
SEXTA.- IMPUESTO DE BIENES
INMUEBLES (8)
Sin perjuicio de la fecha legal
de devengo del Impuesto de Bienes Inmuebles y del
carácter de sujeto pasivo del mismo de la persona
que en tal fecha resulte propietario de la finca objeto
de este contrato, ambas partes contratantes acuerdan
que el importe del citado impuesto correspondiente
al año de la fecha de este contrato, se prorrateará
entre la parte vendedora y la parte compradora en
proporción al número de días que cada parte contratante
haya sido propietaria de la finca durante el año del
devengo del impuesto. A estos efectos, se entiende
que la parte compradora deviene propietaria de la
finca objeto de este contrato en la fecha del otorgamiento
de la escritura pública de compraventa, salvo que
de la propia escritura resulte otra cosa.
SÉPTIMA.- CLÁUSULA PENAL
Si tuviera lugar la resolución
del presente contrato de compraventa a solicitud de
cualquiera de las partes contratantes fundada en el
incumplimiento contractual de la otra parte, la parte
contratante que haya incumplido el contrato deberá
abonar a la otra parte, como cláusula penal, una cantidad
equivalente al diez por ciento del precio de venta
estipulado, sin perjuicio de la facultad moderadora
del Juez de conformidad con lo dispuesto en el artículo
1.154 del Código Civil. El cumplimiento de la pena
establecida en esta estipulación, no exime a la parte
contratante que haya incumplido el contrato, de su
obligación de resarcir los daños y perjuicios causados
por su incumplimiento en los términos que establece
el Código Civil.
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