|
Comunidades
de Propietarios
La cuota de participación
 |
|
TuGuiaLegal.com
|
 |
|
| |
¿Qué es la
cuota de participación en la comunidad?
El artículo 5 de la Ley de Propiedad Horizontal establece
que el título constitutivo de la propiedad horizontal debe
contener la cuota de participación que corresponde a cada
uno de los pisos o locales del edificio.
La cuota de participación es una expresión numérica referida
a cada una de las viviendas y locales que forman parte de
un edificio en régimen de propiedad horizontal y que se
expresa en centésimas.
|
|
| |
¿Cómo
se determina la cuota?
La cuota de participación puede ser determinada por cualquiera
de los siguientes procedimientos:
- Por el promotor-vendedor, antes de comenzar la venta
de los pisos y locales
- Por la totalidad de los propietarios del edificio mediante
acuerdo unánime
- Por laudo arbitral o resolución judicial, en defecto
de cualquiera de los dos sistemas anteriores
Para la determinación de la cuota de participación de cada
piso o local por cualquiera de los procedimientos anteriores,
debe atenderse a los siguientes criterios:
- Su superficie útil, en relación con la total del edificio
- Su emplazamiento interior o exterior
- Su situación dentro del edificio
- El uso que racionalmente se presuma que va a hace el
piso o local de los servicios y elementos comunes del
edificio
En todo caso, cualquiera que sea el procedimiento de determinación
de la cuota de participación, ésta deberá ser fijada de
forma objetiva y no arbitraria.
|
|
| |
¿Se
puede cambiar la cuota?
Una vez establecida, la cuota de participación no se puede
alterar, a menos que medie el acuerdo unánime de todos los
propietarios del edificio. Esto no obstante, si la cuota
de participación de una vivienda o local ha sido establecido
de forma arbitraria, con perjuicio de uno de los propietarios,
el propietario a quien perjudique podrá impugnar judicialmente
la determinación de cuotas que se haya hecho.
|
|
| |
¿Para
qué sirve la cuota?
La
cuota de participación tiene varias utilidades:
-
Determina la participación de cada uno de los pisos o
locales en la propiedad de los elementos comunes del edificio
(solar, cubiertas, fachadas, etc.)
-
Determina la distribución entre los distintos propietarios
de los gastos y cargas de cualquier tipo que genera la
comunidad de propietarios
-
Determina igualmente la participación de cada propietario
en cualquier beneficio que se derive de la situación de
comunidad
-
Determina la distribución de votos entre los propietarios
con derecho de asistir a la Junta, así como los quórums
necesarios para la válida constitución de la Junta y para
la adopción de los acuerdos según el distinto régimen
de mayorías para cada tipo de acuerdos
|
|
| |
¿Cómo
se distribuyen los gastos?
Como regla general la distribución se hará en
proporción a la cuota de cada uno.
Sin embargo, la jurisprudencia ha admitido que junto a
la cuota de participación en la propiedad de los elementos
comunes, exista otra cuota de participación en los gastos
comunes. Incluso cabe que existan diversas cuotas de gastos,
distintas de la cuota de participación, aplicables a cada
tipo de gasto común que genere la comunidad.
El único requisito necesario es que la cuota o cuotas de
gastos distintas de la cuota de participación hayan sido
fijadas en los estatutos de la comunidad, bien inicialmente
o en un momento posterior mediante acuerdo unánime de todos
los propietarios.
|
El
derecho civil y mercantil a tu alcance en Internet
|