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Si
se trata de una venta de
vivienda nueva, es decir, primera entrega de vivienda
realizada por el promotor-constructor al comprador, éste
está obligado a pagar dos impuestos:
- Impuesto
sobre el valor añadido (I.V.A.)
Los
tipos impositivos que se aplican sobre el precio de venta
son los siguientes:
-7%
para viviendas
-16%
para locales y garajes
-4%
para viviendas de protección oficial.
El
I.V.A. se entrega
al vendedor junto con el precio de venta para que el vendedor
lo ingrese en Hacienda.
- Impuesto
de Actos Jurídicos Documentados
En todos los casos se aplica el mismo tipo impositivo: el
0,5% del precio de venta.
El
Impuesto de Actos Jurídicos Documentados debe pagarse
por el comprador en el plazo
de 30 días hábiles
desde la fecha de la firma de la escritura de venta
por el procedimiento de autoliquidación.
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