|
Guía
para trabajar en la Unión Europea
Consejos para no arrepentirte
Lo que
debes saber antes de viajar a Europa
 |
|
Redacción maimai.com
|
 |
Antes de salir,
infórmate
Es absurdo viajar con pocos datos sobre él, en los tiempos que
nos ha tocado vivir. Acude a tu oficina europea más cercana o
llama al teléfono gratuito "Europa directo" (900 98 31 98) en
el que sabrán asesorarte sobre cualquier aspecto de tu interés.
Asimismo, te recomendamos que busques en Internet información
sobre el país al que pretendes dirigirte. Utiliza
google.com,
el buscador más rápido o Copernic.com,
el megabuscador más completo.
El permiso de residencia,
en regla
Cualquier ciudadano de la Unión
Europea tiene derecho a residir en cualquiera de los estados que
la conforman, pero aún existen limitaciones. Las personas que
vayan a permanecer más de tres meses (seis en algunos casos),
deberán solicitar un permiso de residencia en los servicios administrativos
competentes del país. Los miembros de tu familia (cónyuge, padres
o hijos a tu cargo) pueden disfrutar de los mismos beneficios
que tú consigas. El permiso está garantizado para trabajadores
autónomos o por cuenta ajena. Para los estudiantes, jubilados
y desempleados, la concesión del permiso es más complicada: deberemos
poder demostrar que nuestra presencia en el país elegido no va
a suponer una carga social o económica en el mismo.
Asistencia sanitaria
Los trabajadores están asegurados
en los países en los que trabajan. Tú y tu familia vais a tener
los mismos derechos sociales que las personas originarias del
país en el que vas a trabajar. Para poderte beneficiar de asistencia
sanitaria en situaciones de urgencia deberás presentar el formulario
E-111 (reservado para vacaciones y viajes de negocios) o el E-119
(para desempleados y personas que buscan trabajo). En la mayoría
de los países, la asistencia sanitaria es gratuita aunque en algunos
de ellos deberemos abonar el total o una parte, guardando los
comprobantes para que nos sean reembolsados posteriormente.
Más
información:
Delegaciones
de la Seguridad Social en España
Tus calificaciones deben estar reconocidas
De lo contrario deberás solicitar esta convalidación o se te podrían
cerrar muchas e interesantes puertas.
Más
información:
Subdirección General de Títulos, Convalidaciones y Homologaciones.
Paseo del Prado, 28. 28014 Madrid.
Tel. 91 506 56 00. Fax: 91 506 57 06
Cobrando el paro
Si estás cobrando prestaciones o el subsidio de desempleo podrás
seguir haciéndolo durante tres meses (el total de la prestación
en el caso de Italia y Portugal). Tendrás que estar a disposición
del Servicio Público de Empleo del país de origen, al menos durante
cuatro semanas. También deberás comunicar a este Servicio de Empleo
la fecha exacta de tu partida e inscribirte en las oficinas de
empleo del país al que te diriges en un plazo máximo de siete
días. Deberás llevar contigo el formulario E-303. Debemos solicitar
el formulario E-301 antes de salir de tu país. Sólo de esta forma
se tendrán en cuenta los periodos cotizados para calcular las
prestaciones.
SOS: Documentación
Sin ellos no puedes ni debes viajar
- Pasaporte o DNI en vigor
- Traducción certificada del título,Curriculum
Vitae, cartas de presentación, referencias de otros empleos,
títulos académicos... Todo ello, por supuesto, traducido
- Formularios E-111 ó E-119, expedidos
por la Seguridad Social para asistencia sanitaria. m Formularios
E-301 y E-303 para cobrar la prestación por desempleo o para
contabilizar el tiempo trabajado en el cómputo total
- Varias fotocopias del DNI, pasaporte
y del libro de familia
- Fotografías de tamaño carnet
- Otros carnets o permisos que consideres
importantes
|