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La Europa de los "beneficios sociales"


Redacción maimai.com
El objetivo de la legislación comunitaria es la integración total (económica, cultural y social) del trabajador, nacional comunitario, que trabaja en otro Estado de la Unión Europea, así como de los miembros de su familia.

¿En qué consisten los beneficios sociales europeos?
Son todos aquéllos que, asociados o no a un contrato de trabajo se reconoce a los trabajadores nacionales y cuya extensión a los trabajadores nacionales de otros Estados miembros facilita su movilidad.

¿A partir de cuándo puede un trabajador disfrutar de los beneficios sociales?
El derecho a disfrutar de los beneficios sociales está unido a la condición de trabajador. Para ser considerado "trabajador", en el sentido del derecho comunitario, basta responder a los tres criterios siguientes:
  • Ejercer una actividad económica
  • A las órdenes o bajo la supervisión de otra persona
  • A cambio de una remuneración

    Por lo tanto, la noción de trabajador tiene carácter comunitario, por lo que no tendría que quedar sometida a legislaciones nacionales. Los Estados miembros no pueden supeditar la concesión de los beneficios sociales a una obligación de actividad profesional o de residencia en el territorio nacional durante un cierto período de tiempo. Cuando existen elementos objetivos que hacen pensar que alguien entra en un Estado miembro con la única finalidad de acogerse, tras un período muy corto de actividad profesional, a un beneficio social, se pueden aplicar las disposiciones nacionales de abuso de derechos.
 
¿Beneficia la igualdad de trato a los miembros de la familia?
Desde sus primeras sentencias, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas afirmó que el principio de igualdad de trato beneficia también a la familia del trabajador, incluso después de su fallecimiento, siempre y cuando, en una situación comparable, se concedan a los miembros de la familia de un trabajador nacional estos mismos derechos.


Algunos derechos y algunas prestaciones

Por regla general, los beneficios sociales son determinados por cada Estado, por lo que suelen ser distintos de un Estado miembro a otro
  • Descuentos Tarjetas de reducción en el precio de transporte a las familias numerosas.

  • Ayudas Asignación para adultos con minusvalías y para jóvenes que buscan su primer empleo.

  • Préstamos sin intereses con motivo de nacimiento concedidos por una entidad de crédito de derecho público, destinados a familias de escasa renta, para favorecer la natalidad.

  • Pensiones Ingresos garantizados para las personas mayores. Concesión de una asignación especial por vejez que garantiza unos ingresos mínimos.

  • Residencia Posibilidad para un trabajador de obtener que su compañero no casado y no nacionalizado en el Estado de acogida sea autorizado a residir con él.

  • Becas que permiten seguir una formación que se imparte en un Estado miembro, en el marco de un acuerdo bilateral, incluso si ese acuerdo limita el beneficio de dichas becas a los nacionales de los Estados parte.Asimismo existen ayudas a la formación para finalizar estudios de nivel secundario o postsecundario.
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