Guía para trabajar en la Unión Europea

Formulario E, el papel
que nadie quisiera perder


Qué documentos te van a pedir y cuándo

Redacción maimai.com

Los "impresos E" sirven para obtener rápidamente el reconocimiento de los derechos a las prestaciones de la seguridad social con ocasión de la estancia en un país extranjero. El modelo es el mismo en toda la Unión y se pueden obtener en el organismo de seguridad social del país donde se esté asegurado.

Documentos a presentar:

  • Impresos de la seguridad social para agilizar la tramitación de su solicitud de asistencia.
  • Pasaporte o de un documento de identidad válido
  • Una copia de la partida de nacimiento
  • Copias de otros documentos de interés (certificado de matrimonio o la partida de nacimiento de los hijos).
E 001
Sólo se utiliza conjuntamente con otros formularios si existe la necesidad de facilitar información que falta o información precisa que no se facilita en los formularios habituales.
E 101
Lo solicitan las personas destacadas en otro Estado miembro, que continúan recibiendo su salario de su país de residencia y cotizando a la seguridad social del mismo. También están cubiertas otras situaciones, tales como la del trabajador empleado por empresas en diferentes Estados miembros o la de los trabajadores autónomos que trabajan en el extranjero durante un periodo fijo y algunas variantes en que se dan combinaciones de las situaciones mencionadas. También debe utilizarse un formulario E 111 (estancias de corta duración) o E 106 (estancias de mayor duración) para cubrir el periodo en que el trabajador está destacado en el extranjero.

E 102
Es similar al E 101, pero cubre una prórroga. El periodo cubierto no puede superar los 24 meses siguientes a la fecha de expedición del E 101.

E 103
Se utiliza para el personal diplomático y consular (incluidos los trabajadores que prestan una asistencia personal y los empleados del hogar).

E 104
Un simple registro de los periodos de empleo, seguro y residencia de una persona en un Estado miembro o una región particular.

E 106
Certifica el derecho de una persona a la asistencia sanitaria en un país distinto a aquél en que esté asegurado normalmente o en que estuvo asegurado previamente. También se incluye a los miembros de la familia. Es utilizado por las personas que van a trabajar a otro país, excepto si estaban previamente desempleados (en este caso debe utilizarse el E 119, aunque su familia está cubierta por el E 106). Cabe observar que el trabajo temporal puede estar cubierto normalmente por el formulario E 111. En enero de 1998 se introdujo un nuevo formulario E 106.

E 107
Recoge información relativa a la cobertura del seguro de una persona que haya seguido tratamiento sanitario en un Estado miembro distinto y carece del formulario apropiado. En efecto, mediante el formulario E 107 se puede obtener un formulario E 106 o E 111. E 108 Notifica la suspensión o retirada del derecho a prestaciones. El país competente envia el formulario a la institución de seguro del lugar de residencia.

E 109
Este formulario es similar al E 111, pero se facilita a la persona que se dispone a estudiar o a trabajar en calidad de 'au pair' en otro Estado miembro.

E 110
Certifica el derecho de las personas empleadas en el sector del transporte, que viajan frecuentemente, a recibir asistencia sanitaria en cualquier Estado miembro. Puede extenderse para cubrir a los miembros de la familia que acompañen al asegurado.

E 111
Se destina a las personas aseguradas que se dirigen a otro Estado miembro por un corto periodo de tiempo, por ejemplo por vacaciones o negocios, y se presentará en caso de necesitar asistencia sanitaria de inmediato. Los miembros de la familia que acompañen al asegurado también están cubiertos. El E 111 es el formulario usado con mayor frecuencia. Si existen dudas sobre qué formulario se necesita y cuando se trata de determinar si la persona está asegurada en su país de origen, el formulario E 111 cumple normalmente todos los requisitos básicos.

E 112
Certifica la continuación de la cobertura sanitaria de las personas aseguradas y sus familias. Normalmente se expide a las personas que desean dirigirse a otro Estado miembro para recibir un tratamiento específico necesario y no disponible en su propio país o a personas que se desplazan y necesitan asistencia continuada para sí mismos o para un familiar.

E 113
Se utiliza para certificar el periodo transcurrido en un hospital extranjero.

E 114
Se utiliza si se recibe tratamiento sanitario importante en otro Estado miembro, por ejemplo, miembros artificiales, prótesis, etc.

E 115
Se utiliza para solicitar prestaciones económicas por incapacidad laboral.

E 116
Informe médico relativo a la incapacidad laboral y normalmente adjunto al E 115.

E 117
Se utiliza para conceder prestaciones en especie por incapacidad laboral y, por consiguiente, constituye la respuesta al E 115.

E 118
Se utiliza para notificar el no reconocimiento o la terminación de la incapacidad laboral. Puede impugnarse esta decisión y los procedimientos para cada país se indican en el Anexo del formulario E 118, que debe solicitarse a la institución que deniega la notificación.

E 119
Certifica el derecho de las personas desempleadas y los miembros de sus familias a las prestaciones sanitarias mientras se encuentran en el extranjero, normalmente mientras el trabajador desempleado busca trabajo. Utilizado conjuntamente con el formulario E 303/3, relativo a las prestaciones por desempleo.

E 120
Certifica los derechos a la asistencia sanitaria de los solicitantes de una pensión y de los miembros de su familia que se desplazan al extranjero.

E 121
Inscribe a los titulares de pensión o renta y a sus familias en el registro de beneficiarios de prestaciones sanitarias que se desplazan a un Estado miembro pero reciben su pensión de otro Estado miembro. Los titulares también deben cumplimentar el formulario E 127. En enero de 1998 se introdujo un nuevo formulario E 121 (por lo que respecta a las relaciones con la República Francesa, el nuevo modelo sólo se aplicará a partir de enero de 2002.

E 122
Suprimido por la Decisión nº 168 de 11 de junio de 1998, aplicable a partir del 1 de enero de 1998.

E 123
Certifica el derecho a las prestaciones sanitarias en caso de accidente laboral y enfermedad profesional.

E 125
Factura por tratamiento médico realizado en otro Estado miembro.

E 126
En general, si una persona recibe asistencia sanitaria mientras se encuentra en otro Estado miembro y carece de los formularios E adecuados, deberá abonar el tratamiento en el acto. Al volver a su país, se utiliza el formulario E 126 para obtener el reembolso correspondiente.

E 127
Factura individual de las cantidades mensuales correspondientes a los titulares de pensión o de renta y a los miembros de su familia. Se debe cumplimentar un formulario aparte para cada titular de pensión o de renta y por cada uno de los miembros de la familia de un titular de pensión o de renta. La institución del lugar de residencia establece el formulario en relación con un año civil. En enero de 1998 se introdujo un nuevo formulario E 127 (por lo que respecta a las relaciones con la República Francesa, el nuevo modelo sólo se aplicará a partir de enero de 2002).

E 128
Certifica el derecho a recibir las prestaciones sanitarias necesarias durante una estancia en un Estado miembro. El formulario permite que los trabajadores o los estudiantes puedan obtener de las instituciones de seguro del país al que se desplacen las prestaciones sanitarias necesarias en caso de enfermedad o maternidad y, a título provisional, en caso de accidente laboral o enfermedad profesional. Este documento no da ningún derecho si la finalidad del viaje es recibir un tratamiento médico en el extranjero.

E 128 B
Certifica el derecho a recibir prestaciones sanitarias del trabajador por cuenta propia y los miembros de su familia, así como del estudiante, únicamente en caso de hospitalización durante una estancia temporal en un Estado miembro.

E 213
Informe médico detallado relativo a las solicitudes presentadas en el sector pertinente.
 
Fuente: Comisión Europea: "Ciudadanos de Europa"

Artículos relacionados

Despeja tus dudas
  Conoce las preguntas más frecuentes antes de hacer las maletas.

Las ventajas de los trabajadores europeos
  Descubre por qué miles de personas buscan trabajo más allá
de nuestras fronteras

Direcciones de interés
  Dónde acudir, entidades que te ofercen más información, los mejores contactos, al alcance de tu mano.

Lo que debes saber si vas a trabajar en Europa
 


Radiografía breve del mercado de trabajo local. Las mejores direcciones de cada país. Información útil. Periódicos de empleo...

Noruega
Suecia
Alemania
Austria
Bélgica
Dinamarca
Reino Unido
Finlandia
Francia
Grecia
Irlanda
Italia
Países Bajos
Luxemburgo
Portugal

 
Si deseas hacernos llegar algún comentario o documentación sobre este tema,
ponte en contacto con nosotros: contenidos@maimai.com

© Copyright 2001, Maimai Media Network, S.L.