Guía para trabajar en la Unión Europea

Las preguntas más frecuentes
de los trabajadores europeos

Resuelve tus dudas cuando aún estás a tiempo

Redacción maimai.com
¿Puedo viajar y buscar trabajo en otro país de la UE?
Sí, en virtud de la legislación de la UE sobre libre circulación, cualquier ciudadano de un país de la UE puede buscar trabajo en otro país de la UE.
 
¿Puedo solicitar cualquier trabajo?
Sí, excepto algunos empleos del sector público. Los Estados miembros pueden reservar determinadas ocupaciones para los nacionales del país, (por ejemplo, el cuerpo diplomático, la policía, la judicatura o las fuerzas armadas). Sin embargo, la mayoría de los empleos del sector público en los ámbitos de sanidad, enseñanza, servicios comerciales e investigación con fines civiles son accesibles a todos los nacionales de la UE.
¿Existen condiciones especiales para los españoles en Europa?
El principio fundamental por el que se rigen las condiciones de acceso al empleo de los trabajadores de la UE en los Estados miembros es el de la igualdad de trato con los nacionales. Por consiguiente, todo trabajador de la UE tiene derecho a desempeñar una actividad laboral en cualquier Estado miembro
en las mismas condiciones que los nacionales.

Sin embargo, el acceso al empleo sí puede depender de la posesión de determinadas cualificaciones, títulos, experiencia o conocimientos de un idioma. En este último caso, podrá ser necesario poseer un cierto nivel de conocimientos lingüísticos.
¿Qué debo hacer para que mis cualificaciones y experiencia se reconozcan en otro país de la UE?
El derecho comunitario busca garantizar que las cualificaciones y experiencia obtenidas en un país tengan igual validez en toda la Unión Europea. Para las profesiones "no reglamentadas" (aquéllas en las que no necesitas una cualificación específica) puedes ejercer tu profesión en cualquier país de la UE. Para las profesiones "reglamentadas" (aquéllas que requieren una cualificación), se distingue entre las profesiones en las que debes solicitar la convalidación de tu título (como, por ejemplo, docente, abogado o ingeniero), y aquellas cuyos títulos, en principio, se reconocen automáticamente (médico, enfermera, dentista, etcétera).

En aquellas profesiones para las que debes solicitar el reconocimiento de tus cualificaciones, las autoridades disponen de un plazo máximo de cuatro meses para contestarte.
Si quiero buscar un trabajo en el extranjero, ¿qué puedo hacer? Existen varias maneras de obtener información sobre los empleos disponibles en otros países europeos:
  • Prensa local, revistas profesionales, sitios Internet, compañías privadas y, por supuesto, los servicios públicos de empleo.
  • También puedes acudir a EURES (Servicios Europeos de Empleo). Esta red de cooperación reúne a la Comisión Europea y a los servicios públicos de empleo de los países pertenecientes al Espacio Económico Europeo (EEE), junto con otros órganos regionales y nacionales competentes en cuestiones laborales, tales como sindicatos, patronales y autoridades locales y regionales.
  • Los euroconsejeros son las personas encargadas de atenderte y tienen acceso a una base de datos que contiene una selección de ofertas de empleo en todos los países participantes.
    Puedes obtener la dirección dirigiéndote al servicio público de empleo local.
¿Qué trámites debo seguir para irme a buscar trabajo?
Si decides instalarte en otro país, puedes residir en el mismo hasta tres meses sin ningún trámite. Tienes derecho a inscribirse en el instituto nacional de empleo y a recibir el mismo asesoramiento para encontrar trabajo que el ofrecido a los nacionales de ese país. No se necesita ningún visado especial o permiso de residencia, basta con un documento de identidad o pasaporte en regla.

En algunos países ten podrá pedir que notifiques tu presencia a las autoridades competentes. Suele hacerse de forma automática como, por ejemplo, al registrarte en un hotel o firmar un contrato de arrendamiento.

¿Cuánto tiempo tengo para encontrar un empleo?
Dispones de un "plazo razonable" para buscar trabajo. A falta de disposiciones de la UE que definan este "plazo razonable", la mayoría de los Estados miembros te ofrece seis meses, aunque algunos sólo ofrecen tres.
 
No se te podrá solicitar que abandones el país si puedes demostrar que sigues realmente buscando trabajo y tienes posibilidades reales de encontrarlo (por ejemplo, si sigues concertando entrevistas o realizando pruebas).

¿Puedo quedarme en un país sin trabajar?
Sí, puedes permanecer en un Estado en calidad de persona "no activa", siempre y cuando no le cuestes dinero a ese país. Tú y los miembros de tu familia que te acompañan tendréis que estar cubiertos por un seguro que incluya todos los riesgos.

¿Cuáles son mis derechos de seguridad social
cuando busco trabajo?
Los sistemas de seguridad social en la Unión Europea son muy divergentes. El Estado miembro puede decidir quiénes están cubiertos por su legislación, qué prestaciones se conceden y con arreglo a qué condiciones, y la manera en que se calculan tales prestaciones y su coste. Antes de desplazarte a otro país, es importante saber dónde estás -y estarás- asegurado.

El derecho comunitario garantiza que estás asegurado sólo en un país: aquél donde trabajes. Puedes acogerte a todas las prestaciones sociales (seguro de enfermedad y maternidad, seguro de invalidez, pensiones de jubilación) en las mismas condiciones que los nacionales de ese país, pero también cotizarás igual que ellos.
¿Quién me paga el paro: España o el país de acogida?
Si estás en el paro y buscas trabajo, el país donde ocupaste tu último puesto de trabajo se hará cargo de tu subsidio de desempleo. Si te desplazas al extranjero, podrás recibir durante tres meses el subsidio de desempleo en el Estado miembro donde estés buscando trabajo.

Para ello deberás cumplir los siguientes requisitos:
  • Debes haber intentado encontrar empleo en el país que ha venido pagándote el subsidio de desempleo.
  • Debes inscribirte en el instituto de empleo del nuevo país en un plazo máximo de 7 días tras tu llegada. Ten en cuenta que si no consigues encontrar trabajo durante los tres meses, sólo podrás continuar recibiendo el subsidio de desempleo si vuelves al país que te paga el mismo antes de que acabe el plazo.
  • Sólo podrás acogerte a este pago trimestral una vez entre dos períodos con empleo.
¿Tengo derecho a ser asistido en urgencias?
Sí, durante el plazo de tres meses podrás beneficiarte de la asistencia sanitaria de carácter urgente. Con este fin, puedes utilizar el formulario E111 que te expedirá, previa petición, tu institución aseguradora. En él se certifica tu afiliación a un régimen de seguro sanitario de un Estado miembro, y te ahorrará pagar el coste total de la atención sanitaria en el nuevo país y tener que reclamar el reembolso con posterioridad.

¿Qué debo hacer al obtener un puesto de trabajo?
Si deseas trabajar en el Estado miembro de acogida durante un período superior a tres meses, necesitas un permiso de residencia si así lo estipula la legislación nacional.

Las autoridades competentes te expedirán una tarjeta de residencia con una validez de al menos cinco años, salvo que tengas la intención de trabajar en el Estado de acogida durante un período comprendido entre los tres meses y un año. En tal caso, se te expedirá un permiso de residencia con una validez equivalente a este período.

Tienes derecho a trabajar por cuenta ajena o propia sin esperar a que se te expida el permiso de residencia. Este documento es una mera prueba y no una condición para tu derecho a residir en el país. No olvides que si trabajas por cuenta propia debes darte de alta en la delegación de hacienda local del país en el que deseas establecerte.
¿Y cuáles son mis derechos una vez que he comenzado
a trabajar en otro país de la UE?
  • Una vez que hayas encontrado trabajo quedarás asegurado dentro del sistema social de ese país.

  • Tienes derecho a todas las prestaciones sociales en las mismas condiciones que los nacionales de ese país: si concede a sus nacionales un préstamo sin intereses por el nacimiento de un hijo, tú puedes acogerte al mismo.

  • También dispones de los mismos derechos que los nacionales del país de trabajo en lo relativo al alojamiento (por ejemplo, acceso a viviendas de protección oficial).
¿Puede venir mi familia conmigo a otro país europeo?
Sí, los miembros de tu familia, tienen derecho a acompañarte o a reunirse contigo. Por familia se entiende tu cónyuge e hijos menores de 21 años (o mayores si están a tu cargo), así como padres y suegros. Los miembros de tu familia tienen derecho a recibir un permiso o documento de residencia cuya validez equivaldrá a la tuya.
 
También tienen derecho a trabajar sin restricciones, a acceder a los sistemas de enseñanza existentes, así como a recibir las mismas becas.

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Aspectos legales de la libre circulación

 

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